domingo, 2 de marzo de 2014

Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos. Solictar devolución.



Recientemente el Tribunal de Justicia de la Unión Europea TJUE, ha vuelta a darle un tirón de orejas al Gobierno de España, al considerar contrario a Derecho el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos.

 
 

El pasado 27 de febrero de 2014, ha dictado sentencia considerando nula el impuesto sobre las Ventas Minorista de Determinados Hidrocarburos. La consecuencia de dicha  sentencia es que abre la posibilidad de solicitar la devolución del impuesto pagado, todo ello, de acuerdo con el contenido de la sentencia, no sólo se limita al periodo de prescripción del impuesto "últimos 4 años", los importes pagados más allá de los cuatro años, se podrá reclamar por el procedimiento patrimonial de de responsabilidad patrimonial del Estado, conforme a los previsto en el artículo 139 y siguientes de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para lo que el plazo es de un año desde que se emitió la sentencia que declaraba contraria a derecho de la UE la norma nacional